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La innovación con la Infraestructura de Medición Avanzada, AMI, es un paso significativo en la evolución de los servicios públicos domiciliarios y refleja un compromiso de entregar un servicio confiable, lo cual permitirá que los usuarios cuenten con un mayor control sobre sus consumos. Los prestadores podrán mejorar la gestión del servicio y de su infraestructura, así como la relación con sus usuarios. Todo lo anterior propiciará la información en tiempo real para que las políticas de prestación del servicio logren con más eficacia cerrar brechas y focalizar mejor los subsidios que reciben los usuarios.

Con los avances regulatorios para el desarrollo e implementación de la infraestructura de medición avanzada encontramos que el ámbito de aplicación está enfocado para su aplicación en el Sistema Interconectado Nacional (SIN), de conformidad con las políticas sectoriales establecidas por el gobierno nacional, es decir solo es una obligación para el sector energía eléctrica.

De lo anterior, si durante la pandemia generada por el Covid-19, si hubiere estado implementada la medición avanzada, las empresas prestadoras de servicios públicos podrían haber tenido un conocimiento continuo del consumo, y las reconexiones habrían sido más eficientes.

No obstante, en relacion con la implementación de AMI en el servicio público de  gas natural, y si es una obligación para este sector, tenemos que aun con los avances regulatorios para el desarrollo e implementación de la Infraestructura de Medición Avanzada (AMI) de acuerdo con el artículo 2° la Resolución CREG 131 de 2020, el ámbito de aplicación por ahora está enfocado para su aplicación en el Sistema Interconectado Nacional (SIN), de conformidad con las políticas sectoriales establecidas por el gobierno nacional, es decir solo es una obligación para el sector energía.

Actualmente la CREG no se encuentra desarrollando proyectos regulatorios en línea con dichos desarrollos en medición que se apliquen al sector de gas natural y sus empresas, ya que las agendas regulatorias indicativas del 2020 y del 2021, las cuales fueron puestas a conocimiento del público general mediante las circulares CREG 128 de 2019 y 140 de 2020, no incluyeron proyectos en temas relacionados con el gas natural.

No obstante, la CREG[1] reconoce la importancia de tomar medidas que permitan la implementación de dichas tecnologías por las empresas que desarrollan sus actividades en el sector gas natural.

Por ahora no es una obligación para el sector gas realizar la implementación (AMI), pero con los cambios constantes de nuestra regulación por parte de la CREG, más adelante se espera que se implemente el desarrollo y puesta en funcionamiento de sistemas de Medición Avanzada para el sector gas, que puedan proporcionar a los clientes información y herramientas para tomar decisiones mejor fundamentadas sobre el uso de gas, lo cual conducirá a mayores esfuerzos de conservación y a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

Un medidor avanzado en el sector gas, se convertiría en un dispositivo de comunicaciones, que de forma automática y segura transmitiría datos de los medidores de gas a las empresas comercializadores, y existiría un mejor sistema de facturación, lo cual elimina la necesidad de una lectura manual del contador y permitiría proporcionar información de consumo de gas más frecuente y detallada.

Hemberth Suárez Lozano

Socio fundador de OGE Legal Services


[1] Concepto CREG 2254 de 2021.

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