En Colombia existe un nuevo régimen para la conexión a la red de los generadores y autogeneradores
de energía eléctrica. A continuación, identifiquemos cuáles son sus principales reglas.
Proyecto clase 1: Lo primero es la clasificación. A la fecha, los generadores de energía eléctrica,
cogeneradores, autogeneradores y algunos usuarios finales que estén interesados en promover esas
actividades se clasifican como proyectos clase 1.
Ventanilla única: Esta herramienta digital centraliza los servicios asociados con la asignación de
capacidad de transporte del Sistema Interconectado Nacional (SIN) y está a cargo de la Unidad de
Planeación Minero Energética (UPME). A través de esta herramienta los desarrolladores inscriben su
proyecto de generación de energía.
Rol de la UPME: La UPME será la responsable de recibir las solicitudes de asignación de capacidad de
transporte en el SIN de los proyectos clase 1. Es decir, las solicitudes de los proyectos de generación de
energía.
Estudios: Los titulares de los proyectos de generación deben acompañar con su solicitud de asignación
de capacidad dos estudios. Uno es el estudio de conexión y el segundo es el de disponibilidad de
espacio físico.
El estudio de conexión: En los estudios de conexión se analizan opciones para la conexión,
normalmente se presentan hasta tres alternativas de conexión y se recomienda cuál de esas opciones
cumple de mejor forma las exigencias técnicas y económicas.
El contenido de los estudios: Además de identificar la información general del proyecto deberá
contener principalmente la descripción de la capacidad del proyecto, la capacidad de entrega, el punto
de conexión, la ubicación geográfica del proyecto, mencionar si el proyecto requiere expansión de red,
información social, ambiental del proyecto, transportador responsable del punto de conexión y dueño
del punto de conexión.
Consulta previa y licencias: La solicitud debe contener información sobre la planta y el punto de
conexión, en ambos casos, se debe relacionar la procedencia o no de consulta previa, licencia
ambiental, y permiso arqueológico.
Plazo: Hasta el 31 de marzo de cada año los interesados deben registrar en la ventanilla su solicitud de
asignación de capacidad para el estudio por parte de la UPME.
Prelación: La evaluación en la asignación de la capacidad considera unos lineamientos que le dan
prelación a los proyectos, desde luego, a los que atienden uno o vario de ellos. Uno de esos
lineamientos lo cumplen los proyectos que garanticen la prestación del servicio de energía al menor costo económico, como por ejemplo, los proyectos de generación con fuente no convencional de
energía renovable.
Todo cambio causa impacto y en Colombia las nuevas reglas para la asignación de capacidad de
transporte de energía no ha sido la excepción. Por tal razón, en este instante, se vive una transición que
busca solucionar problemas de acaparamiento de los puntos de conexión, liberar capacidad de la red
que no está siendo utilizada y disponer de información unificada y visible para todos, con el objetivo de
disciplinar el procedimiento de conexión al SIN.
Hemberth Suárez Lozano
Socio fundador de OGE Legal Services