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La CREG publicó su Resolución 075 de 2021, a través de la cual se define el procedimiento de asignación de capacidad de transporte de energía eléctrica, y en la cual encontramos píldoras energéticas que se convierten en propulsores para alcanzar el ingreso de nueva generación de energía eléctrica al Sistema Interconectado Nacional. Veamos algunos de ellos:

  1. Una clasificación de proyectos que permite priorizar y agilizar su conexión al SIN. La clasificación es en proyectos clase 1 y clase 2. Para el caso de los proyectos clase 1 se crearon fila 1 y fila 2.
  1. La definición de una fecha al año para recibir conceptos de conexión, una será el 20 de octubre, antes de brujitas. O en víspera de navidad, el 20 de diciembre.
  1. Una centralización en la UPME para acceder a la autorización que permitirá la conexión de proyectos de generación, cogeneración, autogeneración y de usuarios finales. Esta concentración, sin lugar a dudas, refuerza el importante rol de la UPME para los proyectos de generación. Por ejemplo, los conceptos sobre la viabilidad técnica de la conexión para proyectos clase 1, que se encuentran en curso por parte de los transportadores, deberán ser entregados por los transportadores a la UPME en un plazo de dos (2) meses.
  1. En materia de costos encontramos que los costos por la revisión del estudio de conexión y los estudios incluidos con la solicitud de aprobación de capacidad de transporte de energía estará a cargo del transportador.
  1. Se reguló la liberación de capacidad asignada cuando se postergue hasta en tres ocasiones la Curva S de un proyecto, entre otras causales, lo cual reflejará una mayor disponibilidad para los interesados en conectar proyectos al SIN, pero además un uso eficiente de la disponibilidad en la red.
  1. Un tratamiento prioritario para proyectos de generación con obligaciones asignadas a través de los mecanismos dispuestos por el Gobierno Nacional, el Ministerio de Minas y Energía o la CREG. Por ejemplo, a este tipo de proyectos no se les libera la capacidad por las mismas razones que a los otros proyectos.

Con lo anterior se envía una positiva señal a los promotores e inversionistas que participen en subastas de asignación de OEF del cargo por confiabilidad o en las que se adjudican contratos de largo plazo.

  1. La posibilidad de una conexión temporal de proyectos de generación de energía eléctrica. Esta es otra píldora energética que puede acelerar la conexión de proyectos que deben ingresar en operación comercial en diciembre del año 2022.
  1. Desistimientos automáticos por parte de los interesados y la correspondiente liberación de la capacidad asignada si no se cumplen con alguno de los plazos, entregas o condiciones señalados en la resolución CREG 075 de 2021. El que no esté atento, pierde su turno en la fila.
  1. Una oportunidad de ampliación para los proyectos clase 1 que tengan vencida la fecha de puesta en operación. Ellos tendrán una ampliación de su fecha para entrar en operación comercial.

Están listos los propulsores, ahora toca encenderlos.  

Hemberth Suárez Lozano

Socio fundador de OGE Legal Services

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