El Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) no solamente propende por la búsqueda e implementación de la energía atómica, sino también por la seguridad de los Estados miembros a través de la cooperación constante.
Es así, como el OIEA ha dado génesis a una serie de salvaguardias de tipo jurídico, con el fin de que cada Estado miembro las aplique de forma eficaz y eficiente y se comprometa a usar de forma pacífica la energía nuclear.
Así mismo, la OIEA ofrece e invierte recursos para la orientación y asistencia de los Estados miembros, a través de misiones de servicio de asesoramiento, cursos de capacitación, documentos de orientación, entre otros.
El marco jurídico de las salvaguardias se compone del Estatuto del OIEA; las obligaciones de los Estados en atención al Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares y los tratados que establecen zonas libres de armas nucleares; acuerdos de salvaguardias, junto con sus protocolos y arreglos; y, las decisiones de la Junta de Gobernadores del OIEA, de la cual Colombia hace parte.
En lo que respecta a los acuerdos de salvaguardias, el OIEA ha establecido tres: (i) acuerdos salvaguardias amplias con Estados no poseedores de armas nucleares que son Partes en el Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares; (ii) acuerdos de ofrecimiento voluntario con Estados poseedores de armas nucleares que con partes en el Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares; y, (iii) acuerdos de salvaguardias específicos para partidas con Estados que no son partes en el Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares.
Cada uno de los mencionados acuerdos, se puede complementar con un protocolo adicional, en el que se incluyen disposiciones relativas al suministro de información sobre sobre todos los puntos referentes al ciclo del combustible nuclear de un Estado miembro, desde las minas hasta los desechos nucleares y la forma en la que se accede a ellas.
Existen además, unos protocolos sobre pequeñas cantidades, los cuales, pueden acordarse en conjunto con un acuerdo de salvaguardias amplias. Tales protocolos se encuentran a disposición de los Estados que poseen materiales nucleares en cantidades pequeñas y/o mínimas o en los Estados que no poseen materiales nucleares, ni los tienen en ninguna instalación.
Es así, como se vislumbra que las salvaguardas del OIEA desempeñan una función muy importante en la búsqueda de prevenir la proliferación de armas nucleares y, por ende, la paz desde el uso de los materiales nucleares para la generación de energía.
Brenda Camila Benítez Ramírez
Asociada en OGE Legal Services