El Alcalde Mayor del Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla, presentó demanda contra la Comisión de Regulación de Energía y Gas, contra el Ministerio de Minas y Energía y contra la Nación, principalmente, por el cobro del componente de pérdidas en las facturas del servicio público de energía eléctrica.
A continuación, destaco algunos puntos clave de la demanda:
- Las Resoluciones demandadas. Lo que se busca es dejar sin efecto las Resoluciones CREG 010 del 30 de enero de 2020 y 078 del 24 de junio de 2021. Con la primera se definió el Régimen Transitorio Especial en materia tarifaria para la Región Caribe;
- Vulneración al principio de irretroactividad. El demandante argumenta que las Resoluciones de la CREG autorizaron a la empresa AIR-E S.A.S. E.S.P. para que realizaran cobros retroactivos de conceptos no facturados antes de la entrada en vigencia de dichas resoluciones. Este argumento se sustenta en que al cabo de cinco (5) meses de haberse entregado las facturas, las empresas no pueden cobrar bienes o servicios que no facturaron por error, omisión o investigación de desviaciones significativas frente a consumos anteriores, lo que se traduce y constituye una vulneración y violación clara al principio de la no retroactividad de los actos administrativos;
- La fecha en que AIR-E S.A.S. E.S.P. entró en operación. Otro punto a destacar es que AIR-E S.A.S. E.S.P. inició labores como distribuidora y comercializadora de energía en la Costa Caribe en el año 2020, y las Resoluciones demandadas, le permite cobrar y facturar pérdidas de energía causadas con antelación a su inicio de labores, es decir, se permite el cobro y facturación de pérdidas de energía que se produjeron con anterioridad;
- Falta de motivación. De acuerdo al demandante las Resoluciones demandadas configuran una falta de motivación, pues no se evidencia una clara fundamentación jurídica que permita sustentar la aplicación del cobro retroactivo a los usuarios.
Hemberth Suárez Lozano
Abogado en OGE Legal Services