Recientemente el Ministerio de Minas y Energía expidió una resolución encaminada a regular el transporte de fluidos multifásicos en el país. A continuación, se pretende analizar cuáles serán las implicaciones directas en el mercado, además de entender el marco regulatorio de este novedoso sistema de transporte de hidrocarburos.
Se trata de una nueva propuesta relacionada con en el transporte y distribución de mezclas orgánicas. El antecedente más próximo está relacionado con la necesidad de dotar a agentes del mercado de una nueva herramienta que permita la transportación de fluidos multifásicos en áreas que carecen de infraestructuras seguras. Lo anterior se traducirá en un mecanismo que permite el desplazamiento de dicho producto mediante un sistema integro y eficaz con consecuencias nulas para el medio ambiente. De igual forma se trata de diversificar medios de transporte y proponer al mercado nuevas formas de proyectos que aseguren el abastecimiento energético del país.
En ese orden de ideas surge como iniciativa la creación, reglamentación y regulación de un nuevo e innovador mecanismo que permita desarrollar el transporte de fluidos multifásicos en el mercado. La disposición normativa pretende plasmar todo un esquema jurídico regulatorio respecto de la puesta en operación de los denominados “oleoductos multifásicos”. La mencionada resolución abarca aspectos trascendentales para la operabilidad de dicho sistema como lo son: La reclasificación de oleoductos para trasladarse a ser oleoductos multifásicos, accesos, requisitos y condiciones para hacer parte de este mecanismo, contratos de transporte, tarifas, obligaciones y funciones del Ministerio de Minas y Energía (en adelante MME) y aspectos que deberán tener en cuenta los agentes que participen como transportadores o remitentes.
Realmente la esencia de la disposición normativa va encaminada a establecer y delimitar las generalidades y particularidades técnicas, económicas y jurídicas del emergente método de transporte. En todo caso, el objetivo cardinal del presente artículo es el de enfatizar en los aspectos trascendentales además de analizar cuál será el eventual impacto que la adopción de este sistema pueda tener en el mercado.
Como primer aspecto resultar imperioso indicar, como será evidente, la creación de una nueva clasificación de oleoducto o sistema de transportación de hidrocarburos. Era necesario que se emitiera una disposición encaminada a, en primer lugar, proponer y reglamentar una forma de transporte de fluidos multifásicos en áreas donde no había infraestructura que permitiera realizar dicha actividad, además de reconocer el interés que refleja dicha disposición en darle un uso eficiente a estructuras de transporte que se están desaprovechando, para que a partir de la operabilidad de este nuevo mecanismo se empiece a dar un uso eficiente y productivo a infraestructuras que no estaban siendo empleadas.
De igual forma el surgimiento de un nuevo sistema de carga y transporte no implica directa ni indirectamente la afectación o invasión a infraestructuras ya existentes. Es decir, esta nueva clasificación no tendrá incidencia alguna en sistemas que operan y transportan gas natural bajo las condiciones que el mercado y la ley han estipulado. De tal forma que se crea un mecanismo autónomo e independiente que resulta no ser intrusivo además de no afectar la prestación del servicio domiciliario. Aspecto que realmente resulta ser trascendental en virtud de que no se condiciona la actividad esencial en cabeza del Estado como lo es la prestación efectiva del servicio público de gas.
Finalmente, otro de los aspectos a resaltar de la presente resolución es que una de las consecuencias positivas de aprovechar esas áreas que carecen de infraestructura de transporte, además de ser zonas donde hay una producción alta de hidrocarburos, es que permitirá sin lugar a duda, al menos a mediano plazo, lograr un abastecimiento energético para el país. Se trata de diversificar la matriz o la fuente relacionada con temas de gas natural, también la posibilidad de crear y desarrollar proyectos de inversión que incentivan a agentes del mercado a transpolar a este sistema emergente, además de asegurar un transporte de hidrocarburos seguro, integral y que definitivamente resulta ser neutro con el medio ambiente ya que no genera consecuencias nocivas al ecosistema.
Sin lugar a duda las entidades competentes, actores del mercado e instituciones del gobierno deberán trabajar armónicamente para que este nuevo medio de transporte de hidrocarburos sea seguro, represente integralidad en los demás sistemas y de igual forma cumpla con las valoraciones técnicas y operativas. Lo anterior con el fin de que se desarrolle un mecanismo que genera confianza y durabilidad en el tiempo.
La nueva medida surge como propuesta para aprovechar la infraestructura existente que no se opera, además de diversificar la modalidad de transporte de los hidrocarburos. Lo anterior debe ser motivo de reconocimiento, finalmente se aprobó la puesta en operación de un nuevo sistema que brinda un abastecimiento energético estratégico para el país además de ayudar a la consolidación de una transición energética justa.
Juan Esteban Santana Acevedo
Abogado asociado OGE ENERGYS