David Monroy Duque
Abogado en OGE Legal Services
Recientemente observamos que el Administrador de Intercambios Comerciales (ASIC) en este caso fungiendo la empresa XM en tal calidad, señaló los resultados de la subasta asignación de obligaciones de cargo por confiabilidad celebrada la semana anterior, para abastecer la energía firme que requiere el país para el período 2027-2028. En dicha ocasión, el protagonista de la subasta fue el energético solar, obteniendo un papel de 4,4 GW de asignación.
Por la relevancia que tiene la cobertura de la demanda energética (especialmente la esencial) en Colombia, a continuación, se identifican seis (6) aspectos a tener en cuenta con la presente novedad:
Primero: Punto de vista renovable: Con el presente resultado, desde el punto de vista transicional, es un paso avante para la conversión y diversificación de la matriz energética, eso no se duda.
Segundo: Papel de las plantas térmicas: Observamos en la reciente asignación de obligaciones que las plantas térmicas no superaron ni siquiera las 50 MW en todo el territorio colombiano.
Tercero: ¿La energía solar otorga absoluta seguridad energética?: Es una pregunta que aprovechamos para señalar que somos pro renovables; sin embargo, no se puede negar que, ante eventos climáticos como el fenómeno del niño y sus efectos, las plantas térmicas han sido y serán a la fecha, aquellas que otorgan en porcentaje de disponibilidad comparado con la energía solar, una seguridad en el abastecimiento y confiabilidad en la demanda en tiempos de escasez y agotamiento energético.
Cuarto: ¿Se pone en riesgo la seguridad energética?: Infortunadamente y reiteramos, estamos de acuerdo en que el objetivo es la disminución de la dependencia de energías convencionales para diversificar la matriz y dirimir los efectos ambientales que detona su producción. Sin embargo, la energía solar en tiempos de veranos de alta magnitud como el que actualmente el mundo se encuentra transitando, el aumento poblacional, y por consiguiente el crecimiento de la demanda energética, no es el energético que más otorga confiabilidad al sistema, siendo este sujeto a la radiación solar que el correspondiente día otorgue, generando un evento de intermitencia, condicionalidad a la captación energética en el día y que pone en tela de duda, el abastecimiento de energía en horas pico en la noche.
Quinto: ¿Era necesario y/o acertado desplazar a las plantas térmicas al 1% en asignaciones de energía en firme?: Es una buena pregunta. Al observar el porcentaje que obtuvo la energía solar (casi el 100%) en la pasada subasta, el rol del período 2027-2028 de obligaciones en firme fue una victoria indiscutible a la diversificación de la matriz energética. Sin embargo, desde el punto de vista de uno de los pilares para el desarrollo social es la seguridad energética de la cual, es menester afirmar que ante el desplazamiento en tan alta magnitud de las plantas térmicas que siempre le han otorgado confiabilidad, no intermitencia, respaldo y seguridad energética al país, es un impacto que puede generar consecuencias de riesgo en la atención de la demanda (en especial la demanda esencial), siendo esto una incertidumbre y pregunta abierta que el Gobierno de turno no ha tenido en cuenta.
Sexto: ¿Con la asignación de obligaciones en firme llevada a cabo, se suple la demanda energética 2027-2038?: Hemos observado que diferentes sectores se han pronunciado sobre este hito, como es el caso de la Asociación Nacional de Generadoras (ANDEG) y las estimaciones previas de la Unidad de Planeación Minero energética (UPME) han señalado que la demanda media para diciembre de 2027 hasta noviembre de 2028 será de 264,4 gigavatios/día, y comparando los resultados de la reciente subasta se asignaron 249,4 gigavatios/día, siendo esto un claro escenario de un faltante de más de 14 gigavatios/día; siendo esto una evidencia de que para el período subastado y asignado, no se logró la meta de prever la demanda media colombiana.
Por todo lo anterior, señalamos que es indiscutible el crecimiento y/o expansión de la generación energética especialmente con energéticos renovables, con ello no tenemos inconveniente alguno. Sin embargo, es indispensable que el Gobierno de turno, escuche, estudie, analice y contemple las voces del mercado, para que la transición justa (slogan del Gobierno)no se desplace a tal magnitud a aquellos proyectos y/o plantas que al día de hoy, han otorgado la confiabilidad, respaldo y adecuado abastecimiento energético al país. Recordemos que, si no existe confiabilidad, eficiencia y seguridad energética, se está incumpliendo con los fines lineamientos que emana la Ley (especialmente la Ley 142 y 143 de 1994) señala.