OGE ENERGYOGE ENERGY
+573142537332
info@oge.com.co
Bogotá (Col)
OGE ENERGYOGE ENERGY

Mediante la Ley 1715 del año 2014, modificada parcialmente por la Ley 2099 del año 2021, se expidió el marco normativo y regulatorio respecto a la integración de las energías renovables al Sistema Energético Nacional. De esta manera, su propósito al día de hoy, no es otro que promover el desarrollo y utilización de las Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE), a través de su integración en el mercado eléctrico, sus diversos usos energéticos en el marco del desarrollo económico sostenible, la seguridad de abastecimiento energético, la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, entre otros.  

Por otra parte, el Consejo Nacional de Política Económica y Social en acopio con el Departamento Nacional de Planeación; los Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible; Vivienda, Ciudad y Territorio; Educación Nacional; Minas y Energía; Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE), la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) y la Unidad de Planeación Minero Energética (UMPE), el día 21 de noviembre del año 2016 aprobaron la Política Nacional para la gestión integral de residuos sólidos  “CONPES 3874” del mismo año. En ella, entre otros asuntos, además de hacérsele mención a las Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE), se les dio de manera indirecta y casi silente una directriz que sirviera de vértice en la alineación de aquella política y lo relativo al proceso de reciclaje.

Las Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE), se comportan como un actor y desempeñan un papel importante a la hora de reciclar, pues si bien, lo que se busca es la producción de energía eléctrica y su obtención a través de formas alternativas y amigables con el medio ambiente, lo cierto es que su huella e impacto ambiental respecto a lo que se espera producir puede considerarse en ocasiones como bajo o nulo, pues contribuye lamentablemente en la emisión de Gases de Efecto Invernadero, como el CO2. Así las cosas, esta otra cara apunta a un panorama que ni de manera directa o transversal se ha tocado o ha tenido asiento en discusiones entre los agentes del sector, pues atendiendo al prospecto de vida útil de los materiales con los que se elaboran las celdas fotovoltaicas – por poner un ejemplo-, no se tiene certeza acerca de cuáles elementos “sobrantes” de los paneles solares podrían reutilizarse, ¿qué sucede con los residuos?, ¿cómo se hará la recolección de los mismos?, ¿cuenta Colombia con la infraestructura suficiente que permita el tratamiento de aquellos residuos?, ¿existe alguna ruta que permita atender de manera correcta los efectos e impactos que puedan generarse en el medio ambiente, derivados de aquella actividad?

Considero que el reto es poder volcar los interrogantes en oportunidades, es decir, siendo conscientes del auge actual y futurístico que representan las Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE), su implementación y uso en el mercado energético, es importante conocer que aquellas tecnologías van a intensificarse, y que por ello, resulta imprescindible pensar desde ahora en que se deben planear, diseñar, y ejecutar acciones tendientes a apostarle al reciclaje consciente de los elementos o residuos aprovechables que devienen de los insumos utilizados en equipos y maquinaria empleada en la producción de energía. Este ejercicio hermenéutico, debe hacerse de manera sistemática, sistémica y cautelosa, porque si bien el planeta está en búsqueda de la generación de energías limpias que sustituyan la convencionalidad y sus desventajas, no puede perderse de vista que también hay que mantener un medio ambiente sano.   

María Paula Torres Urbina

Abogada asociada de OGE Legal Services

Leave A Comment